Premios Andalucía del Comercio Interior.

Información general

Título formal:

Premios Andalucía del Comercio Interior.

Código:
14165
Organismo:
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
19/04/2018

Descripción

La Orden de 26 de diciembre de 2017 tiene como objeto establecer las bases y regular el procedimiento de concesión de los Premios Andalucía del Comercio Interior a quienes destaquen por su labor a favor del comercio en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Los Premios Andalucía del Comercio Interior tendrán las siguientes modalidades:

1. Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma, que se subdividirá en:

a) Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la labor realizada especialmente en los cascos históricos.

b) Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la labor realizada en materia de comercio ambulante.

2. Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza. Dentro de esta modalidad se distinguen dos categorías:

a) Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza de hasta 10 personas trabajadoras.

b) Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza de más de 10 personas trabajadoras.

3. Premio Andalucía del Comercio Interior a Centros Comerciales Abiertos.

4. Premio Andalucía del Comercio Interior a la persona trabajadora del sector comercial andaluz.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

1.Las candidaturas podrán presentarse directamente por las personas o entidades interesadas, o bien por organizaciones empresariales, corporaciones o entidades de derecho público, así como por organizaciones sindicales o de consumidores, con el correspondiente consentimiento de aquéllas.

2. Según la modalidad de Premio a la que se concurre, podrán ser candidatas a los mismos las siguientes personas y entidades:

a) Al Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los Ayuntamientos de Andalucía.

b) Al Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza, las empresas comerciales radicadas en Andalucía.

c) Al Premio Andalucía del Comercio Interior a Centros Comerciales Abiertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los Centros Comerciales Abiertos que cuenten con el reconocimiento oficial que otorga la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de acuerdo con la Orden, de 7 de mayo de 2010, por la que se establece el procedimiento para la obtención del reconocimiento como Centro Comercial Abierto de Andalucía (BOJA 96 de 19/05/2010).

d) Al Premio Andalucía del Comercio Interior a la persona trabajadora perteneciente al sector comercial andaluz, las personas físicas empleadas en un establecimiento comercial que se hallen en contacto directo con la clientela y que cuenten con una destacable trayectoria profesional en el sector.

3. Las candidaturas que se presenten al Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Que su actividad principal esté incluida en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:

1.º Agrupación 61: Comercio al por mayor. Se exceptúan los Grupos 612.6 (únicamente en lo referente al comercio al por mayor de productos del tabaco), 614.1, 615.1, 616, 617.5, 617.6 y 617.7.

2.º Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes. Se exceptúa el Grupo 646: Comercio al por menor de labores del tabaco y de artículos de fumador.

3.º Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes. Se exceptúan los Grupos 652.1, 654 y 655.

4.º Agrupación 66: Comercio mixto o integrado; comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos); comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos; comercio al por menor por correo y catálogo de productos diversos. Se exceptúan los Grupos 663, 664 y 665.

b) Que no hayan sido sancionadas o condenadas por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente en los últimos tres años, a contar desde la fecha de presentación de las candidaturas.

c) Que no hayan sido sancionadas por las Administraciones competentes por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia comercial o en materia de consumo, en sus respectivos ámbitos en los últimos tres años, a contar desde la fecha de presentación de las candidaturas.

d) Que estén inscritas en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía. Sin embargo, este requisito ha perdido su vigencia por la supresión del mencionado Registro prevista en el apartado sexto del artículo 49 del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.

4. Las candidaturas que se presenten al Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la labor realizada en materia de comercio ambulante deberán tener aprobadas sus Ordenanzas municipales conforme al artículo 8.3 del Texto Refundido de la Ley de Comercio Ambulante aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2012, de 1 de marzo.

5. Con carácter general, no podrán obtener la condición de beneficiarias aquéllas personas físicas o jurídicas que hubieran sido sancionadas por infracción grave o muy grave o condenadas por resolución administrativa o sentencia judicial firme por incumplimiento de las obligaciones sobre igualdad de trato y oportunidades; por decisiones discriminatorias por razón de sexo; por acoso sexual en el trabajo, así como las personas físicas o jurídicas que hayan sido sancionadas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Documentación

Las solicitudes se ajustarán al formulario aprobado, donde deberá indicarse la modalidad de premio a la que se presenta la candidatura, acompañando la siguiente documentación:

a) Memoria técnica y documentos acreditativos de los méritos alegados. La Memoria técnica no podrá tener una extensión superior a 10 folios de una cara, y deberá contener una explicación de todos aquéllos aspectos que resulten valorables según la modalidad a la que se aspire, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 a 13 de la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, de 26 de diciembre de 2017, establece las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía del Comercio Interior (BOJA número 2, de 3 de enero de 2018). Deberán respetarse obligatoriamente los modelos de memoria que figuran anejos a dicha Orden de 26 de diciembre de 2017 (Modelos disponibles en formato texto en la pestaña de Seguimiento de este Procedimiento).

No serán tenidos en cuenta ni serán objeto de valoración aquéllos aspectos que no hayan sido incluidos en la Memoria técnica, independientemente de que se haya aportado la documentación justificativa de los mismos.

b) Autorización expresa para la verificación de los datos de identidad de la persona candidata y/o proponente o, en su defecto, Documento Nacional de Identidad o Número de Identidad de Extranjero de ésta.

c) En su caso, Número de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.

d) En su caso, acreditación del poder de representación con el que actúa la persona representante de la entidad.

e) Si el solicitante fuese un Ayuntamiento, deberá acompañarse Certificado de la Secretaría acreditativo de la persona que ostente la Alcaldía o Presidencia.

f) En el supuesto de candidaturas al Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza:

1.º Estatutos de la entidad, escrituras de constitución o documentación constitutiva, debidamente inscritos en el registro correspondiente.

2.º Documentación acreditativa de que la empresa cuenta con establecimiento comercial en Andalucía.

3.º Documentación acreditativa de estar dada de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas, de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Orden de 26 de diciembre de 2017.

g) En el supuesto de candidaturas al Premio Andalucía del Comercio Interior a la persona trabajadora perteneciente al sector comercial andaluz, deberá aportarse currículum vitae de la persona que concurra, así como documentación acreditativa de los extremos recogidos en el mismo.

Plazo de Inicio

  • 28/06/2022 - 11/08/2022 (El plazo de presentación de candidaturas será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la Resolución de 25 de abril de 2022, de la Dirección General de Comercio, por la que se convoca la VIII Edición de los Premios Andalucía del Comercio Interior. Mediante la Resolución de 18 de julio de 2022, de la Dirección General de Comercio, el plazo de presentación de candidaturas a la convocatoria de la VIII Edición de los Premios Andalucía del Comercio Interior se amplía hasta el 11 de agosto de 2022.)

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. A contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

CTEICU-PREMIOS ANDALUCÍA DEL COMERCIO INTERIOR

La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en: https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/419026.html

El responsable del tratamiento es la Dirección General de Comercio cuya dirección es Calle Albert Einstein, 4, Isla de la Cartuja - 41092 - Sevilla y cuyo correo electrónico es dgcomercio.ceeta@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección Calle Albert Einstein, 4, Isla de la Cartuja. 41092 – Sevilla o en el correo electrónico dpd.ceeta@juntadeandalucia.es

Los datos personales proporcionados son necesarios para gestionar el proceso de tramitación de los Premios Andalucía del Comercio Interior.

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados del Texto Refundido de ley de Comercio Interior de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, y de la Orden de 26 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los “Premios Andalucía del Comercio Interior”.

No están previstas cesiones de datos, salvo las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras).

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

 

 

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 31/10/2022 Se ha publicado: FALLO JURADO VIII EDICIÓN PREMIOS ANDALUCÍA COMERCIO INTERIOR (2022)

  • 01/03/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos

  • 08/02/2024 Se ha modificado el campo: Agota vía administrativa

  • 08/02/2024 Se ha modificado el campo: Plazo resolver/notificar

  • 08/02/2024 Se ha modificado el campo: Órgano de Resolución

  • 08/02/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica completa

  • 22/02/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos

  • Última actualización: 01/03/2024
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